Aún puedes solicitar las ayudas para colegiados de la Fundación D. Eduardo Calabuig-ICAV
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La Fundación D. Eduardo Calabuig-ICAV ha publicado la convocatoria de ayudas de carácter ordinario para el ejercicio 2024. Sus beneficiarios son los colegiados/as del ICAV, sus cónyuges, parejas de hecho y/o familiares directos de primer grado que cumplan con los requisitos específicos de cada ayuda. Desde su nacimiento, esta fundación está comprometida con el bienestar de las personas colegiadas del ICAV y su objetivo fundamental es asistir a quienes más lo necesitan a través del apoyo en diversas áreas clave de sus vidas.
Las ayudas van destinadas a las personas que se encuentran en una situación de necesidad que implique un riesgo de exclusión social, discriminación o especial vulnerabilidad por cualquier circunstancia o que se encuentren en cualquier otra de las situaciones recogidas en la convocatoria.
Tipos de ayuda
La presente convocatoria ofrece una amplia gama de ayudas destinadas a aliviar diferentes aspectos de la vida de los colegiados y sus familias, entre las que se encuentran las siguientes:
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Ayudas para la conciliación laboral y personal y a las familias. Estas ayudas comprenden el apoyo financiero para gastos relacionados con nacimientos, educación, comedor y custodia, entre otros.
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Ayudas para situaciones de riesgo de exclusión social, necesidad económica o vulnerabilidad. Dirigidas a aquellos que enfrentan dificultades económicas o situaciones de riesgo social.
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Ayudas para situaciones de dependencia, discapacidad y enfermedad. Se ofrecen recursos para gastos médicos, la adquisición de ayudas técnicas, gastos de residencia y ayudas en casos de dependencia, jubilación, viudedad u orfandad.
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Ayudas para otras situaciones de necesidad puntuales. Estas están diseñadas para enfrentar circunstancias excepcionales que puedan surgir, no incluidas en los supuestos anteriores.
Plazo de solicitud
Las ayudas se podrán solicitar durante todo el ejercicio hasta el 6 de diciembre, con excepción de las ayudas para colegiados y colegiadas que hayan cesado en el ejercicio de la abogacía por jubilación o incapacidad y para sus viudos/as y huérfanos/as, que se podrán solicitar durante el último trimestre del ejercicio, y las ayudas por nacimiento, que se podrán solicitar durante los 12 meses siguientes al nacimiento.
¿Cómo solicitarlas?
Para más detalles sobre los requisitos y el proceso de solicitud, así como para acceder a los formularios necesarios, puedes consultar la página web de la Fundación D. Eduardo Calabuig-ICAV.
También puedes acceder a las bases en el siguiente enlace:
BASES - Ayudas Fundación Calabuig