La Fundación D. Eduardo Calabuig-ICAV lanza ayudas excepcionales por la DANA
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En estos momentos tan difíciles, la Fundación D. Eduardo Calabuig-ICAV no puede dejar de apoyar tanto a las personas colegiadas del ICAV como al equipo del Colegio.
Debido a la situación climática, se han perdido vidas, hogares y despachos; muchas localidades siguen sin agua corriente ni electricidad. Creemos firmemente en la importancia de acompañar a nuestra familia profesional en este contexto. Por ello, desde la Fundación D. Eduardo Calabuig-ICAV lanzamos esta convocatoria extraordinaria, garantizando, como siempre, una atención personalizada para cada situación.
Convocatoria de ayuda excepcional para las personas colegiadas y plantilla del ICAV que hubieren sufrido daños en sus personas o bienes por la DANA de octubre de 2024
La Fundación D. Eduardo Calabuig-ICAV extiende su programa de ayudas con esta convocatoria extraordinaria y de carácter graciable, destinada tanto a personas colegiadas como al personal del ICAV y sus unidades familiares.
El objetivo de esta ayuda es mitigar las necesidades urgentes relacionadas con la reparación de despachos, viviendas o daños personales de aquellas personas que, siendo colegiadas en el ICAV desde al menos abril de 2024, tengan ingresos anuales en 2023 que no superen los límites indicados en la tabla inferior.
Si existen seguros aplicables, estos se considerarán para evitar cualquier tipo de enriquecimiento. Cabe destacar que estas ayudas son de carácter graciable.
Tabla de ingresos:
N.º hijos/as |
General |
Familia monoparental o con miembros con discapacidad |
0 |
25.200,00 € |
28.800,00 € |
1 |
28.980,00 € |
36.000,00 € |
2 |
32.760,00 € |
43.200,00 € |
3 |
36.540,00 € |
50.400,00 € |
4 |
40.320,00 € |
57.600,00 € |
5 o más |
44.100,00 € |
64.800,00 € |
Clasificación de las ayudas
1.- AYUDA POR FALLECIMIENTO DE PERSONA COLEGIADA, MIEMBRO DE LA PLANTILLA DEL ICAV O DE SUS FAMILIARES DE PRIMER GRADO.
REQUISITOS: Aportar libro de familia. La ayuda de será una entrega de hasta 3.000 € para hacer frente a los gastos de sepelio. Esta ayuda será devuelta cuando se perciba la compensación de la aseguradora o CCS.
2.- AYUDA PARA LAS PERSONAS COLEGIADAS O PLANTILLA DEL ICAV QUE HUBIEREN SUFRIDO DAÑOS PERSONALES.
REQUISITOS: Aportar parte de lesiones o de enfermedad expedido por facultativo de la sanidad pública y que las lesiones o enfermedad sean consecuencia directa de la Dana. Se concederán 60 €/día de IT hasta un máximo de sesenta días.
3.- AYUDA PARA LAS PERSONAS COLEGIADAS QUE HUBIEREN PERDIDO O SUFRIDO DAÑOS EN LOS BIENES DESTINADOS A SU PRÁCTICA PROFESIONAL.
REQUISITOS: Listado de los bienes dañados, factura de su adquisición o valor estimado. La Fundación, junto con el ICAV, prestará equipos o facilitará la compra de equipos nuevos de similares características. La ayuda será de hasta 6000 € reintegrables a la Fundación cuando se perciba el abono del siniestro por la aseguradora o CCS. En caso de que el bien dañado sea el local donde radique el despacho, la ayuda será de hasta 3000 €
4.- AYUDA PARA LAS PERSONAS COLEGIADAS Y MIEMBROS DE LA PLANTILLA DEL ICAV, QUE HUBIEREN PERDIDO O SUFRIDO DAÑOS EN SU VIVIENDA HABITUAL.
REQUISITOS: Ser la única vivienda de la persona colegiada, del miembro de la plantilla del ICAV o de las personas de su unidad de convivencia. Ayuda mientras se limpia o repara de 700 € mensuales hasta un máximo de seis meses. Esta ayuda es reintegrable cuando se perciba la compensación de la compañía aseguradora o CCS, por este concepto.