COMUNICAV | Tercera etapa Nº7 primer cuatrimestre 2018

COMUN ICAV 24_25 Fotografías de Agustín Rovatti El Turno de Oficio surge como una necesi- dad social de cumplir con los derechos reco- nocidos en los artículos 24 y 25 de la Consti- tución Española, que evidencian la concep- ción social o asistencial del Estado Demo- crático de Derecho. En el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia son 11 los profesio- nales, entre administrativos y letrados, que trabajan día a día, actualizándose constan- temente, para que este servicio se cumpla en las mejores condiciones posibles. Nos acercamos hasta las dependencias del Turno de Oficio del ICAV para hablar con su responsable administrativo, José García. Es el encargado de contarnos las funciones de su departamento. De hecho, lo primero que aclara es que el Turno de Oficio, a pesar de la creencia popular, no es siempre gratuito. “Todo aquel que sí que tenga beneficio de jus- ticia gratuita después de la tramitación de un expediente, se le efectúa el nombramiento de abogado, procurador y tiene una serie de be- neficios. Cuando no es así, no se le proporcio- na el beneficio de justicia gratuita porque no reúne todos los requisitos y por lo tanto no se efectúa una designación”. El Turno de Oficio se divide en tres áreas, ma- teria penal, el resto dematerias (civil, matrimo- nial, mercantil, laboral y contencioso adminis- trativo) y Servicio de Orientación Jurídica (que se encarga de la tramitación de las solicitudes A FONDO Corresponde a la Junta de Gobierno del ICAV la organización, regulación y reparto de los servicios de Turno de Oficio de beneficio de justicia gratuita y de las con- sultas jurídicas de los ciudadanos), además de los turnos especiales. Desde el departamento, situado en la planta baja del ICAV, un total de 11 trabajadores se encargan de que este servicio se cumpla y que al ciudadano, que tenga reco- nocido el beneficio de justicia gratuita o tenga la necesidad de realizar cualquier consulta so- bre ella, se le pueda facilitar todo lo posible el procedimiento judicial y efectuar la designación de un abogado de manera ágil. Una vez designado el letrado correspondien- te se queda el procedimiento. “El letrado nos justifica su trabajo y realizamos toda la ges- tión administrativa necesaria con la Conselle- ria”, afirma José. Cabe destacar que correspon- de a la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados la organización, regulación y reparto de los servicios de Turno de Oficio y Asistencia al Detenido, así como el control y vigilancia del cumplimiento de las normas deontológicas de los letrados adscritos a los citados servicios.

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