COMUNICAV | Tercera etapa Nº17 segundo cuatrimestre 2021
COMUN ICAV 03 COMUN ICAV Tercera etapa Nº 17 SeGundo cuatriMestre 2021 [Edita] Ilustre Colegio de Abogados de Valencia. Plaza Tetuán, 16- 46003 Valencia. Tel. 963 941 880 Fax 963 103 180. Web: www.icav.es / E-mail: icav@icav.es. [Directora] Ángela Coquillat Vicente [Consejo de Redacción] Auxiliadora Borja Albiol, Guillermo Duyos Lledó, Daniel Morata Sánchez- Tarazaga, Alfredo José Argilés Perelló, Eva Mª Altaver Egea [Coordinación, redacción y fotografía] AREA Comunicación Estratégica. C/ Entrada Conoles, 4 (Valencia) Tel. 650 270 243 / 649 582 571 / Web: www.areacomunicacionestrategica.com / E-mail: area @ areacomunicacionestrategica.com [Diseño] Estimado José Alfredo [Fotografía] Agustín Rovatti [Publicidad] Cristina Castellanos [Maquetación e impresión] Elisa Moreno y Atipik Fabrik [Distribución] Sda [Depósito Legal] V-2023-1994. De este número se han impreso y distribuido 11.000 ejemplares. Las opiniones vertidas en los textos publicados en ‘COMUN ICAV ’ son exclusivamente de sus autores. La opinión oficial del Iltre. Colegio de Abogados de Valencia la expresa la Junta como órgano de gobierno de la institución. Se autoriza la reproducción, indicando su procedencia. ABOGACÍA VERSUS CONCILIACIÓN LABORAL Y FAMILIAR, UN DESEO, UNA QUIMERA … ¿UNA REALIDAD? La Abogacía institucional, en relación a la conci- liación laboral y familiar, ha venido reclamando en el tiempo una regulación a nivel nacional que permita no depender de la discrecionalidad de la judicatura ante las posibles suspensiones de los actos procesales por situaciones de enferme- dad, fallecimiento, nacimientos, hospitalización o fuerza mayor. Hoy sigue siendo esta la causa más usual de quejas y de solicitud de amparo colegial por los profesionales de la Abogacía. En la Comunidad Valenciana y liderado por el ICAV se remitió a la Sala de Gobierno del TSJCV un protocolo de suspensiones de plazos proce- sales, para supuestos de enfermedad, fuerza mayor, nacimiento, o emergencia sanitaria, sin haber conseguido respuesta a favor del mismo, sin embargo en otras Comunidades como la de Baleares, la Sala de Gobierno del TSJ anunció el mes pasado un protocolo de suspensión de actos judiciales, con la ampliación de los plazos procesales de suspensión durante los 10 días anteriores a la fecha prevista del parto y los 60 días posteriores al alumbramiento o adopción. El CGAE consiguió con el Ministerio de Justi- cia, la creación de una comisión de trabajo, en la que participan el resto de operadores jurídi- cos, para intercambiar nuestras sugerencias en este ámbito, que esperamos se tengan en con- sideración en el proyecto de ley de agilización procesal que se está tramitando. En concreto desde la abogacía institucional se solicita la modificación de determinados arts. de la LEC, LRJS; que permitirán esa ansiada pero también justa conciliación de la vida familiar y laboral. El anteproyecto de Ley de Eficiencia Proce- sal prevé regular todas aquellas medidas que se consideran compatibles con el derecho a la tutela judicial efectiva de la ciudadanía y que no ocasionan indefensión,-como la suspensión de vistas u otros actos procesales, de actos de comunicación y del curso del procedimiento-, pero, SÍ se deben tener en cuenta determina- das circunstancias personales o familiares de los profesionales que así lo exijan. El pasado 13 de mayo en reunión mantenida con el Ministerio, nos sorprendió que para la Abogacía solo se contemplara el fallecimiento o enfermedad, quedando excluido el caso de la maternidad, paternidad o adopción. Tras las alegaciones pertinentes, se aceptó por el Mi- nisterio la aportación al documento de trabajo de parte de las sugerencias en las que la Abo- gacía insistía para los casos de nacimiento o adopción. Como mínimo, deben incluirse como tiempo de suspensión por maternidad y pater- nidad, el periodo que la Ley General de Seguri- dad Social reconoce la situación de baja, pues el cobro de la prestación es absolutamente incompatible con la intervención en cualquier actuación procesal. Las instituciones que representan a la Aboga- cía seguirán en esta, que no es más, ni menos que, una lucha porque se nos reconozcan, tam- bién a la Abogacía, nuestros derechos. Auxiliadora Borja Decana del ICAV
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